QUÉ ES LA CERTIFICACIÓN ENEREGÉTICA
La certificación energética de los edificios es una exigencia derivada de la Directiva 2010/31/UE por la cual se califican energéticamente los edificios nuevos y existentes. Esta Directiva acaba de transponerse al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Será de obligado cumplimiento a partir del próximo 1 de junio.
QUÉ SE OBTENDRÁ CON EL CERTIFICADO
Se obtendrá una Etiqueta de Eficiencia Energética que asignará a cada edificio una Clase Energética de Eficiencia (A B C D E F G) y tendrá una validez de 10 años.
Esta información NO implicará que el inmueble deba de someterse a reformas para alcanzar una clasificación mínima.
QUÉ EDIFICIOS HAY QUE CERTIFICAR ENERGETICAMENTE
- Edificios de nueva construcción
- Edificios o partes de edificios que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
- Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250m² y que sean frecuentados habitualmente por el público.
- Excepciones:
- Edificios y monumentos protegidos oficialmente.
- Edificios o unidades de edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas.
- Construcciones provisionales con un plazo de utilización ≤ a 2 años.
- Edificios industriales y agrícolas.
- Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m².
- Edificios que se compren para su demolición.
- Edificios de viviendas utilizados durante menos de cuatro meses al año.
QUÉ CONTIENE EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
- Identificación del edificio y, en su caso, de la parte del mismo que se certifica incluyendo referencia catastral.
- Procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética.
- Normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de la construcción.
- Descripción de las características energéticas del edificio.
- Calificación Energética expresada mediante Etiqueta de Eficiencia Energética.
- Para los edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética. (No es obligado llevar a cabo estas medidas de mejora, son sólo a título informativo)
- Descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo por el técnico certificador.
- Cumplimiento de los requisitos medio ambientales exigidos a las instalaciones térmicas.
A partir del 1 de Junio de 2013, será obligatoria la Etiqueta de Eficiencia energética para los edificios existentes o partes del mismo que se vendan o se alquilen
QUÉ ESTABLECE EL NUEVO REAL DECRETO
Los propietarios deberán poner a disposición de compradores y arrendatarios de edificios o partes de los mismos, ya sean de viviendas o uso terciario, un certificado de eficiencia energética. La etiqueta de eficiencia energética obtenida se incluirá en toda publicidad, oferta o promoción destinada a la venta o arrendamiento. Estarán exentos los inmuebles cuyo uso sea inferior a 4 meses/año.
PARA QUE LES SERVIRA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA
El futuro comprador o arrendatario obtendrá sobre el inmueble una información relativa a la Eficiencia Energética objetiva y comparable. Disponer de dicha información permitirá reconocer en el ahorro y la eficiencia energética un instrumento del crecimiento económico y del bienestar social.
CÓMO REALIZAMOS LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA
- Mediante la utilización de un programa informático que tenga la consideración de documento reconocido (CALENER, CE3 y CE3X)
- ADDITIO cuenta con técnicos calificadores debidamente formados y en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos o dirección y ejecución de obras de edificación así como proyectos de las instalaciones técnicas de los edificios. El proceso que seguirán nuestros técnicos para la obtención de la etiqueta energética será:
- Desplazamiento y visita al inmueble donde se realizará una inspección visual.
- Descripción de las características energéticas del edificio.
- Realización de cálculos oportunos mediante la utilización de los documentos reconocidos.
- Obtención de la calificación energética que incluye las medidas de mejora de la eficiencia energética.
Una vez obtenido el Certificado Energético Additio les ofrece la posibilidad de:
- Plantear una REHABILITACIÓN energética que lleve a cabo la ejecución de las medidas de mejora necesarias para escalar posiciones en la calificación obtenida.
- Buscar las AYUDAS PÚBLICAS si se opta por la ejecución de las mejoras.
- Recopilamos la documentación necesaria elaborando la parte técnica.
- Gestionamos la parte burocrática con la administración correspondiente y hacemos el seguimiento de la ayuda.